16 de julio de 2021 - 18:30 h. (Chile)
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"Omnium rerum ex quibus aliquid acquitur nihil est agricultura melius, nihil uberius, nihil dulcius, nihil homine, nihil libero dignius." Marcus Tullius Cicero. In: De officiis, I. 150-152.
16 de julio de 2021 - 18:30 h. (Chile)
📩 Invitación del Colegio de Ingenieros Alimentos de Chile A.G CIACH A.G
Este viernes 27 de noviembre se desarrollará a partir de las 12 hrs (mediodía hora de Chile) un seminario web online y gratuito el cual es organizado por el Área Agroindustrial y Medioambiente de INACAP la temática es muy interesante, estas coordialmente invitado@ a participar.
Para inscribirte debes completar tus datos en: https://bit.ly/35Okvck
El expositor es:
Luis González Vaqué
Jurista especialista en Derecho comunitario, alimentario y del Consumo.
Actualmente es presidente de la Asociación Iberoamericana para el Derecho Alimentario y del “China-European Union Food Law Working Party.
Profesor invitado de las Universidades Autónoma de Barcelona, Carlos III de Madrid y “Pablo de Olavide” de Sevilla, así como de las de Alessandria y de Ferrara (Italia).
REVISTA NUESTRA TIERRA
Nº 254/2008: Cambio Climático Medio Ambiente y Agua
Publicación del Ministerio de Agricultura - Gobierno de Chile
Descarga de la revista aquí.
Ediciones anteriores de la revista.
Según un estudio elaborado por ACNielsen los consumidores prefieren cada vez más alimentos funcionales, reforzados con vitaminas y otros complementos beneficiosos para la salud.
Depois de havermos chegado ao Oceano Pacífico Norte, com a Colega Christine Mingie, de Vancouver, é a vez de tal ocorrer também no Sul.
En el DO de la Unión Europea n° 54 de 24 de febrero de 2006 se ha publicado la Decisión 2006/136/CE del Consejo, de 14 de febrero de 2006, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Chile acerca de las modificaciones del Acuerdo sobre el comercio de vinos adjunto al Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra.Dichas modificaciones fueron discutidas y aceptadas en el curso de la reunión del Comité conjunto creado en virtud del artículo 17 del anexo VI del citado Acuerdo de Asociación (Acuerdo sobre el comercio de bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas) celebrada en Madrid los días 13 y 14 de junio de 2005.
Véase también: Decisión 2006/137/CE del Consejo, de 14 de febrero de 2006, relativa a la celebración de un Acuerdo acerca de las modificaciones del Acuerdo sobre el comercio de bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas.