Se encuentra en trámite el proyecto de ley No. 22.964 para reformar la ley recientemente aprobada del cannabis para uso medicinal y terapéutico y del cáñamo para uso alimentario e industrial. La reforma es motivada por el veto parcial del poder ejecutivo que modificó el artículo 5 del proyecto de ley No. 21.388.
El artículo 5 que fue inicialmente aprobado, interpretaba que el cultivo de cáñamo es comparable a otros cultivos tradicionales considerando que carece de efectos psicoactivos como los del cannabis. Por lo tanto, el proyecto de ley No. 21.388 no exigía licencias especiales para el cultivo de cáñamo, sin perjuicio de las licencias y los permisos requeridos por toda actividad productiva agropecuaria o agroindustrial.
Al ejercer el veto, el poder ejecutivo expresó preocupaciones de salud y de seguridad respecto al libre cultivo del cáñamo. Por lo tanto, se modificó dicho artículo para incluir el requisito de licencias para el cultivo, la producción y la comercialización de la planta de cáñamo. La reforma propuesta busca modificar el artículo 5 nuevamente para eliminar el requisito de las licencias para este tipo de cultivos. El fundamento de la reforma propuesta es que la modificación causada por el veto creó inconsistencias en la ley y un vacío normativo. En este sentido, le ley exige licencias, pero no las regula de ninguna forma a diferencia de las licencias para cannabis medicinal y terapéutico que si son incluidas en la ley.